Reglamento Académico.

Resolución «C.D.» N° 724/2017, que modifica el Artículo 26° del Anexo Único del Reglamento Académico para las Carreras Cortas y de Grado de la Facultad de Ciencias de la Administración, aprobado mediante Resolución «C.D.» N° 509/16.
 

Régimen de Llamado a Concurso para la Provisión de Cargos de Profesores Ordinarios.

Nuevo Régimen de Llamado a Concurso para la Provisión de Cargos de Profesores Ordinarios.
 

Sistema CVar en la UNER.

Por Resolución «C.S» Nº 384/13 se aprobó la implementación del Sistema de Currículum Unificado en el ámbito de la Universidad Nacional de Entre Ríos, siendo el único formato de CV aceptado en todos los trámites correspondientes a investigación, Extensión, Vinculación y Académicos. 
Para participar de los procedimientos de selección de Profesores, los postulantes deben estar inscriptos en el Sistema CVar.

Reglamento de Créditos Académicos.

Para las carreras de Contador Público, Licenciatura en Sistemas y Licenciatura en Ciencias de la Administración.

Resolución "C.D." Nº 055 del 30 de marzo de 2012 – Aspectos importantes.

Artículos 1°, 2° y 3° de la misma:

«ARTÍCULO 1º.- Precisar, para las carreras y cursos de grado y pregrado, que las asignaturas cuatrimestrales se dictan en los dos cuatrimestres incluidos en el calendario académico, en cada caso con la carga horaria prevista en el plan de estudios, con las siguientes particularidades en cuanto a las estrategias de desarrollo de contenidos:

  • En el cuatrimestre consignado en el plan de estudios es menester contemplar especialmente que en la mayoría de los casos se trata de estudiantes que la cursan por primera vez.
  • En el otro se debe tener presente que gran parte de los estudiantes son recursantes, por lo que es aconsejable considerar específicamente sus problemas de aprendizaje.

ARTÍCULO 2º.- Fijar, para las carreras y cursos mencionados en el artículo anterior, el 31 de marzo de cada año como fecha de vencimiento del plazo para la presentación de los planes de cátedra para el año académico que en cada caso se inicia.

ARTÍCULO 3°.- Efectuar, con respecto a los programas de las asignaturas de dichas carreras y cursos, las puntualizaciones que siguen:

  • El régimen de evaluación previsto en cada uno de ellos y aprobado por el Consejo Directivo es aplicable en los dos cuatrimestres.
  • Deben ser desarrollados en su totalidad, en el marco de la libertad de cátedra que tiene el docente.
  • Para mantenerlos actualizados, especialmente en lo que se refiere a la bibliografía, se sugiere su revisión cada tres años, como mínimo.»
Dirección de correo electrónico exclusiva para el envío de planificaciones de cátedra y programa de asignaturas: planificacioncatedra@fcad.uner.edu.ar

Adicional por títulos de Especialización para los docentes de las Universidades Nacionales.

Según Acta Paritaria de fecha 5 de abril de 2013 se acordó la creación de un Adicional por títulos de Especialización para los docentes de las Universidades Nacionales.
La documentación deberá presentarse en el Departamento de Personal en original y copia para su verificación.
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